Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Apelación ejercido por la abogada Karen Camargo contra el Auto de fecha 10/03/2009, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el cual inadmitió la apelación contra el Auto de fecha 09/02/2009.
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas dada la naturaleza del fallo.