éste Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión de fecha 19/03/2014, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión recurrida. En consecuencia, se ordena a la demandada pagar las cantidades condenadas por el a quo esto es: i) vacaciones y bono Vacacional, Bs. 2.398,19, ii) días de descanso, horas extras diurnas y horas extras nocturnas para un total de Bs. 5.832,78, más los intereses moratorios y la indexación judicial en los siguientes términos:
"- Se declaran procedentes los intereses moratorios sobre las cantidades anteriores, tomando en cuenta la tasa activa fijada por el Banco Central de Venezuela sin posibilidad de capitalización, desde la fecha de terminació.....