En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jueza Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandante, contra la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial, de fecha 30-10-2017.
SEGUNDO: se declara IMPROCEDENTE la solicitud de Medida Cautelar de Suspensión de los Efectos.
TERCERO: se CONFIRMA la decisión recurrida.
CUARTO: no hay condenatoria en costas dada las resultas del fallo,