PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el tercero interviniente RONY GABRIEL LOZADA en contra de la decisión de fecha 28 de Junio de 2016, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara.
SEGUNDO: Se REVOCA la decisión recurrida.
TERCERO: Se REPONE LA CAUSA al estado que el Juez de Juicio fije nueva oportunidad para la celebración de la audiencia de Juicio, sin necesidad de nuevas notificaciones dado que las partes se encuentran a derecho.
CUARTO: No hay condenatoria en costas dada las resultas del fallo.
QUINTO: Se ordena notificar de la presente decisión al Procurador General de la República conforme al artículo 98 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Dictada en Barquisimeto, Estado Lara, el 19 de octubre del año 2017. Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil se ordena dejar copia cer.....