Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, éste Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión de fecha 15 de enero de 2014, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Se MODIFICA la decisión recurrida únicamente respecto a la fecha de terminación de la relación de trabajo, en la forma como fue establecido en la parte motiva de la presente decisión. En consecuencia, se ordena a la demandada REPROAVE INTERNACIONAL, C.A. pagar los conceptos condenados por el a quo esto es:
(...OMISSIS...)
TERCERO: No hay condenatorias en costas, dadas las resultas del fallo.