En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante recurrente contra la sentencia de fecha 02 de agosto de 2017, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda, se condena a la empresa demandada al pago de las cantidades establecidas en la motiva de esta sentencia por los conceptos declarados PROCEDENTES de antigüedad, indexación, intereses, vacaciones y bono vacacional 2013-2014, 2014-2015.
TERCERO: Se MODIFICA, la sentencia recurrida.
CUARTO: No hay condenatoria en costas dado el vencimiento parcial.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de l.....