En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto la parte demandante contra la Sentencia de fecha 06/11/2009, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: HOMOLOGA el desistimiento del recurso de Apelación ejercido por el ciudadano José Daniel Méndez Segura, titular de la cédula de identidad Nº 5.244.744, asistido por el abogado Domingo Mejías, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 55.980, contra la Sentencia de fecha 06/11/2009, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
TERCERO: Se CONFIRMA en todas sus part.....