Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, éste Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte querellada contra la sentencia proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta circunscripción judicial, actuando en sede constitucional, en fecha 20 de diciembre de 2013.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión recurrida.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, por no evidenciarse temeridad en el recurso ejercido.