Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Desistido el procedimiento de nulidad en contra del acto administrativo de efectos particulares emanado del Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales, Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Lara, Trujillo y Yaracuy, correspondiente a la Certificación de Enfermedad Agravada con Ocasión al Trabajo, suscrito por la funcionaria Dra. Nayda Quero, la cual quedó identificada con el Nº 29/09, de fecha 17 de octubre de 2009, incoada por la empresa CAEM INTERNACIONAL, C.A.
SEGUNDO: Una vez que se encuentre definitivamente firme la presente decisión se ordena dar por terminado este asunto y remitirlo al archivo judicial.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza jurídica de la parte demandada.
CU.....