Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de nulidad del acto administrativo, Informe Pericial "cálculo de indemnización por enfermedad ocupacional", contenido certificación N° LAR-25-IE-13-0052, de fecha 18 de diciembre de 2013, dictado por el INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES LARA, TRUJILLO Y YARACUY.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.