En consecuencia, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra el auto de admisión de pruebas de fecha 25 de abril de 2017, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra el auto de admisión de pruebas de fecha 25 de abril de 2017, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara
TERCERO: Se CONFIRMA el fallo recurrido
CUARTO: Se condena en costas a la parte demandada.