Este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión de fecha 09/05/2008 dictada por el Juzgado Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la misma decisión.
TERCERO: Se condena en Costas del Recuro a la parte demandada, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
CUARTO: Se ordena a la parte demandada que pague al actor las siguientes cantidades y conceptos: prestación de antigüedad, BsF, 5.357,64, vacaciones y bono vacacional BsF, 6.073,89, indemnización de antigüedad (Art. 125 LOT) BsF, 2.718,14, indemnización sustitutiva de preav.....