En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara la Reposición de la Causa al estado de que el Juez aquo de Juicio, libre la notificación ordenada a la parte demandada mediante auto de fecha 21 de marzo de 2017, cumplido lo anterior, envié el presente asunto por distribución a los Juzgados Superiores del Trabajo para su conocimiento. Así se decide.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Firmada y sellada en el despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, a los cinco (05) días del mes de abril de 2017. Año 206° de la Independencia y 157° de la Federación.