Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 06 de mayo de 2008.
SEGUNDO: CON LUGAR la adhesión a la apelación formulada por la parte actora, en consecuencia se condena a la demandada a pagar a la actora, además de los conceptos declarados procedentes por el A quo, y en la forma de cálculo allí establecida y las deducciones ordenadas, así como la cantidad de Bs. 5.236.075,83, equivalente a Bolívares Fuertes 5.236,07583 por concepto de vacaciones y bono vacacional.
TERCERO: Se condena en Costas a la parte demandada, por resultar vencida en el presente recurso.
CUARTO: Se MODIFICA la Sentencia apelada.