Este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión de fecha 27/03/2008 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas del Recurso.
TERCERO: Se REVOCA en todas sus partes la sentencia recurrida.
CUARTO: Se REPONE la causa al estado de que el Juez de Juicio se pronuncie sobre el fondo de la controversia, sin celebrar Audiencia alguna.