En mérito de lo anteriormente expuesto, el Juez Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación incoado por la parte demandada, contra la aclaratoria de sentencia de fecha 30 de marzo de 2016, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por prestaciones sociales, asunto signado con el N° KP02-L-2011-1362.
SEGUNDO: Se condena en costas conforme lo establece el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.