En mérito de lo anteriormente expuesto, el Juez Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Se declara parcialmente con lugar la apelación ejercida por la parte demandante.
SEGUNDO: Se MODIFICA la sentencia recurrida, conforme a la motiva del presente fallo.
TERCERO: No se condena en costas conforme al Artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, porque el trabajador alego ingresos inferiores a tres salarios mínimos.