Por todos los argumentos de hecho y Derecho que han quedado expuestos, el Juez Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: IMPROCEDENTE, el recurso de hecho interpuesto, contra el auto de fecha 15 de noviembre de 2016, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de del Trabajo del Estado Lara, en el cual oye en un solo efecto el recurso de apelación interpuesto contra el auto de fecha 10 de noviembre de 2016.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.