En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 31 de enero de 2006, por el abogado JOSE SALVADOR ALVAREZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 31.464 y de este domicilio, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionada, Sociedad Mercantil Seguros Carabobo C.A, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil que llevaba originalmente el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de fecha 25 de febrero de 1995, bajo el N° 100, modificando su documento constitutivo estatutario, según consta de asamblea extraordinaria de accionistas, de fecha 10 de noviembre de 1.993, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial.....