En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADA la transacción celebrada entre los abogados Luis E Prado inscrito en el IPSA bajo el Nº 40.179 y de este domicilio, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana Carmen Sofía Saldivia Raga, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 7.448.232 y de este domicilio y el ciudadano Ismael Mata, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 61.661 y de este domicilio, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil Zoom Internacional Services, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el N° 54, tomo 72-A SGDO, de fecha 01 de julio de 1976, posteriormente modificada.....