En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano HECTOR ANTONIO MARQUEZ LARGO, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° V- 9.207.559, asistido por la abogada ANNI MARQUEZ SANGUINO, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 170.167, parte demandante recurrente en fecha 13 de diciembre del 2012, en contra de la sentencia dictada en fecha 07 de diciembre de 2012 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia recurrida en todas sus partes.