En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR EL RECURSO de apelación interpuesto en fecha 01 de junio de 2006, por la abogada Rosa Elena Giménez Ruiz, apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 30 de mayo de 2006.
En consecuencia se ordena el reenganche y el pago de los salarios caídos calculados en razón de un salario mensual de Bs. 654.000,00 desde el 20-05-2005 hasta la fecha de la efectiva reincorporación del trabajador a sus labores habituales, excluyendo los lapsos en los que estuvo suspendida la casas por motivos no imputables a las partes, realizado a través de una experticia complementaria del fallo.