En mérito de lo anteriormente expuesto, el Juez Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por la parte demandante y demandada; se anula la sentencia dictada por la primera instancia; y se declaran PARCIALMENTE CON LUGAR las pretensiones de la parte demandante.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por el vencimiento reciproco.