Por todos los argumentos de hecho y derecho que han quedado expuestos, el Juez Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Se declara parcialmente con lugar la apelación y se repone la causa al estado de que el Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara celebre nuevamente la audiencia, inicie el debate y la evacuación de las pruebas, conforme a lo previsto en el Artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y la jurisprudencia del Máximo Tribunal de la República.