PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto en fecha 16 de septiembre del 2013, por la parte demandada recurrente contra la sentencia de fecha 03 de abril del 2013 dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas del recurso, dadas las resultas del fallo.
TERCERO: Se REVOCA en todas sus partes la sentencia recurrida.
CUARTO: Se ordena la notificación del Procurador General de la Republica.