En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 21 de noviembre de 2007, por la abogada FLORANGEL ZERPA FREYTEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 90.499 y de este domicilio, en su carácter de apoderada judicial de la parte co-demandada Transporte Agresa C.A sociedad mercantil, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, bajo el N° 39, tomo 29-A sociedad mercantil inscrita, en contra de la sentencia dictada el 16 de noviembre de 2007, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Se condena en costas a la parte recurrente de conformidad con el artículo 60 .....