Volviendo al texto del Artículo 5 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, se le da preeminencia a la aplicación de la Ley adjetiva laboral, sobre la Ley de procedimientos administrativos, por lo que debió aplicar íntegramente el texto invocado, es decir, el Artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se establece.-
Lo anterior hace evidente que el órgano administrativo violentó el derecho de acceso a los órganos encargados de dirimir conflictos intersubjetivos, conforme a lo previsto en el Artículo 26 Constitucional, ya que aplicó un supuesto de inadmisibilidad de la solicitud no previsto en la Ley. Así se declara.-
Por otra parte, el Artículo 25 Constitucional establece que todo acto del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por el Texto Fundamental es nulo, como en este caso, que se declaró la violación del derecho de acceso, conforme a lo previsto en el Artículo 26 eiusdem.
Por consecuencia, se declara la nulidad de los actos administr.....