DECISION
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el presente RECURSO DE HECHO intentado por el apoderado judicial de la parte demandada abogado Santiago Medina abogado en ejercicio inscrito en el impreabogado Nro. 39.904 en fecha 29 de Abril del 2011 contra la negativa de oír la apelación proferida por el JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA contenida en el auto de fecha 27 de Abril del 2011.