En razón de los criterios precedentemente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 14 de diciembre de 2005, por la abogado GAMMA BARRETO, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 26 de julio de 2005.
En consecuencia a fin de garantizar a las partes el derecho a la defensa y al debido proceso en el presente juicio; se ordena la reposición de la causa al estado de que el Tribunal de Instancia, apertura el lapso para que las partes ejerzan los recursos que consideren pertinentes, en el entendido de que este empezará a correr una vez recibido el presente asunto por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trab.....