Por todos los argumentos de hecho y de derecho que han quedado expuestos, la Jueza Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte apelante, se confirma la decisión recurrida en los términos en que fue publicada.
SEGUNDO: Se condena en costas al recurrente conforme a lo previsto en el Artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.