En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por el abogado José Félix Escalona, en su condición de Juez Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, mediante acta de inhibición de fecha 22 de enero de 2010, en el juicio por cobro de prestaciones sociales intentado por los ciudadanos Julio Antonio Torres, Maria Felipe Canelo, Segundo Rivero, Fredys Bartolo Muñoz, José Luís Rodríguez López, Raymundo Alfredo Quiroz, Luís Alberto Borges, Julio José Yajure Liscano, José Fernando Suárez, José Aranguren Campos, Alexander Yvan Rojas, Dijino Antonio García, Dolores Antonio Pérez, Honorio Antonio Sequera, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 11.427.529, 7.321.082,.....