En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO el convenimiento celebrado entre las abogadas Deisy Muñoz, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el Nº 36.491 y de este domicilio, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadano Daniel Alejandro Guedez Hernández, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 17.504.458 y de este domicilio y la abogada Angie Mariela Cáceres, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el Nº 108.694 y de este domicilio, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte accionada, sociedad mercantil Protección Deval C.A (Prodevalca), inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 12 de septiembre de 1994, bajo el N° 42, tomo 100.....