En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Nº 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano: LUIS ALFREDO GUARECUCO CAMACARO, venezolano, natural de Barquisimeto, Estado Lara, nacido en fecha 17-11-1991 de 18 años de edad, grado de instrucción: 6to., grado, titular de la Cédula de Identidad No. V ¿20.469.099, hijo de Luís Francisco Guarecuco y Carmen Soraida de Guarecuco Camacaro, domiciliado en el Cuvi, Sector Jayo, frente a la escuela Unidad Educativa El Jayo, Barquisimeto, Estado Lara, SEGUNDO: Acuerda se siga la Causa por el PROCEDIMIENTO ABREVIADO, previsto en el 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se impone al ciudadano: LUIS ALFREDO GUARECUCO CAMACARO, la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD de conformidad con el a.....