este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y a tenor de lo establecido en el Artículo 177, Parágrafo Segundo literal “a”, y Parágrafo Cuarto literal “e” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, CONCEDE AUTORIZACION SUFICIENTE a la ciudadana YOMAIRA GLENDY HERNANDEZ CESPEDES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.106.313 , anteriormente identificada, para que haga efectivo el cobro ante la Gobernación del Estado Lara lo relacionado con las Prestaciones sociales, pensión de sobreviviente, sus haberes, Montepío, y otras beneficios quedantes del fallecimiento del ciudadano ANDERSON EDUARDO CHAVEZ DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.990.812, quien falleció el día 09 de Mayo del 2004.
La cuota parte correspondien.....