PRIMERO: En relación a la calificación de flagrancia esta Juzgadora ha verificado que el ciudadano EDGAR ALEXANDER MUJICA LINAREZ, titular de la cédula de identidad Nro. (...), ya identificado, fue aprehendido bajo las circunstancias establecidas por el artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por lo cual se declara Con Lugar la aprehensión flagrante, por la comisión del delito de (...), tipificado en el artículo 39, 40 y 42 en su segundo aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Se acuerda continuar con el procedimiento especial conforme al artículo 94 y siguientes de la Ley Orgánica para el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia. TERCERO: En relación a las de medidas de protección y seguridad se DICTAN las contenidas en los numerales 5to y 6to del artículo 87 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, consistente en l.....