DISPOSITIVA
Es por las razones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara con Lugar la Aprehensión en Flagrancia conforme lo establece el Articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, solo con respecto a los ciudadanos: JOHAN MANUEL ALVARADO TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 23.813.495 y JOHAN JOSÉ OROZCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 15.666.561.
SEGUNDO: Con respecto al imputado: WILFREDO JOSÉ PERDOMO PERDOMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 20.040.485, se declara SIN LUGAR la aprehensión flagrante
TERCERO: Se acuerda proseguir la presente causa por el Procedimiento Ordinario, conforme lo establece el Artíc.....