Por las razones expuestas, este Tribunal de Control Nº 2, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de acuerdo a las previsiones legales contenidas en el Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, ordena LA APREHENSION A NIVEL NACIONAL del ciudadano ROBERTO ENRIQUE MUJICA, APODADO ROBERT EL OREJON Y GIOVANNY ANTONIO ORELLANA GARCIA, APODADO EL JOVA de 28 años de edad, nacido en fecha 10-12-1982, natural de Anzoátegui, Estado Lara, soltero, de profesión Motorista, cédula de identidad 16.239.075, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL Y LESIONES GENERICAS, previstos y sancionados en los Artículos 405 y 413 del Código Penal.
Una vez lograda su captura deberá ser puesto a la orden de este tribunal a los fines de proceder conforme a las previsiones del Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. A tales efectos se ordena oficiar a los cuerpos de seguridad del estado. Cúmplase.
La Juez
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