DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, quien decide, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
SEGUNDO: Decreta a tenor de lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida al ciudadano DANNY JESUS PEREZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V- 21.393.327,, por el delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA ,VIOLENCIA FISICA AGRAVADA Y AMENAZA ,el cual fue iniciado en virtud de la denuncia interpuesta por la ciudadana YOSELIN PEREZ PEÑA, titular de la cédula de identidad N° V- 23.904.710,
SEGUNDO: Se ordena el cese de las medidas de coerción personal que en contra del imputado pudieran existir, así como las medidas de protección y seguridad que hubieran sido decretadas, como consecuencia del decreto del Sobreseimiento dictado en la presente Causa, todo ello, conforme a las previsiones .....