DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERAINSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 254 del Código de Procedimiento Civil Venezolano y 1346 y 1977 del Código Civil Venezolano, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda de nulidad interpuesta por MILENA BIAGIONI GRATERON contra la sociedad mercantil TRANSPORTE COLECTIVO LA METROPOLITANA C.A, representada por el ciudadano IVAN MANUEL GONZALEZ TORRES, y el ciudadano LEOPOLDO MATOS PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de lascédulas de identidad Nº V.-4.378.491 y V.-1.267.532 respectivamente.
SEGUNDO: Se declara así la PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN de nulidad de venta y consecuencialmente se declara la extinción de la causa.
TERCERO: Se c.....