DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 364, 365 y 366 del Código Orgánico Procesal, Decide: PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano DANIEL ALBERTO SUAREZ SUAREZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 12.432.581, casado, de 35 años, nacido en Carora Estado Lara, el 10-09-1975, Comerciante, domiciliado Avenida Pedro León Torres, entre calles 59 y 60, Residencias Oriente, Torre Bolívar, piso 4, apto 4-01. Barquisimeto y/o Río Tocuyo Vía Carora, Caserío Paraparo, casa rural frente al estadio. Teléfono: 02514150701, por el delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal Venezolano.
SEGUNDO: Se ordena el cese de toda medida cautelar impuesta en su oportunidad al ciudadano DANIE.....