´Por las consideraciones expuestas, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la querella interdictal de obra nueva por perturbación violenta de la posesión, los recaudos acompañados, presentados por la querellante ciudadanos JORGE LUIS GONZÁLEZ PALACIO, ROSA ELVIRA ARVELO y LUIS ALFREDO ARVELO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-11.025.475, V-6.509.699 y V-10.202.785, declara: La PROHÍBICIÓN DE LA CONTINUACIÓN DE LA OBRA NUEVA llevada a cabo en la propiedad Nº 43, ubicada en el Barrio Unión, Calle Vuelta la Horquilla, Parroquia Petare, Municipio Sucre del Estado Miranda, propiedad del señor CARLOS ENRIQUE ARVELO (querellado) en la cual está en construcción una oficina para el auto lavado, construcción en la que se.....