Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 3, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 48 Ordinal 8º Ejusdem y Artículo 108 Ordinal 6° del Código Penal, seguida al ciudadano Saúl Antonio Jiménez. Notifíquese a la victima de conformidad con el artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal y líbrese boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público, indicándole 13-F5-1308-04. Remítase las actuaciones en su oportunidad legal al Archivo Judicial del Estado Lara, a los fines de su conservación y archivo del mismo. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL,
ABG. LUIS ALFONSO MARTINEZ
LA SECRETARIA
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