DISPOSITIVA
Con fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Control de Primera Instancia Penal del Circuito Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano JOSE GILBERTO COLINA RIVERO, plenamente identificado, por el delito de LESIONES CULPOSAS VIALES DE MEDIANA GRAVEDAD, previsto y sancionado en el artículo 420 ordinal 1º del Código Penal en concordancia con el articulo 413 ejusdem, en concordancia con lo establecido en el articulo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, cometido en perjuicio de la ciudadana YENBERLY GÓMEZ GRATEROL, plenamente identificada, decretándose la EXTINCION DE LA ACCION PENAL, conforme a lo establecido en el artículo 48 ordinal 6º del Código Orgánico Procesal Penal, por haberse verificado el cumplimiento del Acuerdo Reparatorio de forma inmediata y que fue cu.....