...declara CON LUGAR, la solicitud de Revisión de la Obligación de Manutención, presentada por ante este Despacho, en fecha 30/04/2.010, por el ciudadano CORSILIO JOSE PEÑA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V.- 9.617.329, acordada por ante la Fiscalía Décimo Quinta del Estado Lara, de ésta circunscripción Judicial, en fecha 28 de octubre de 2.009, en beneficio de la niña (OMISION DEL NOMBRE CONFORME AL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), de tres (03) años de edad, en contra de la ciudadana LOISINETTE SHULNAY URRIOLA NIEVES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V.- 12.023.806, en su carácter de padre de la mencionada niña. En consecuencia, se fija la Obligación de Manutención, que debe satisfacer el obligado, ciudadano CORSILIO JOSE PEÑA, ampliamente identificado en autos, a favor de su hija CARLA DE JESUS PEÑA URRIOLA, de tres (03) años de edad, en la suma de QUINIENTOS TREINTA Y CINCO BOLIVARES CON O.....