Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el Recurso Contencioso Tributario autónomo incoado por el ciudadano Oswaldo José Gallardo Arrieche, titular de la cédula de identidad Nº V-9.633.946 identificado con Registro de Información Fiscal (R.I.F.) N° V-096339468, asistido en este acto por el Abogado Juan Miguel Briceño Gil, titular de la cédula de identidad Nº V-7.377.906, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 26.682, con domicilio procesal en la Av. Los Leones con calle Caroní, Centro Empresarial Barquisimeto, piso 4, oficina 4-6, Barquisimeto estado Lara, contra la Resolución Nº SNAT/INTI/GRTI/RCO/DSA/2015/EXP N°1754/96/005, de fecha 16 de enero de 2015, notificada el 17 de marzo de 2015, emitida por la División de Sumario Administrativo de la Gerencia de Tributos Internos de la Región Centro Occidental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributar.....