DISPOSITIVA.
En merito a las consideraciones anteriormente expuesta y a los fundamentos de hecho y de derecho igualmente expuestos, es por lo que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, con sede en el Edificio Nacional de Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE, la presente solicitud de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA de DOCUMENTO PRIVADO, presentado por el ciudadano: MERVIN TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.472.323, asistida por el ciudadano: AGUSTIN OCANTO SANCHEZ, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 15.914, en contra de los ciudadanos: MIGUEL ENRIQUE GILER OZALETA Y ROSA GLADYS GARCIA DE GILER, mayores de edad, de nacionalidad Ecuatoriana, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. E-81.468.428 y E-81.468.464 respe.....