ORDENA CORREGIR los errores materiales y en consecuencia RECTIFICAR la Partida de Nacimiento de la niña "Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente", en el sentido de señalar la cédula de identidad de la madre de la niña, así como los datos del padre de la niña, que en lo sucesivo deberán aparecer como: "V-7.411.342" y "JOSÉ FLORENTINO ESCALONA QUERO, venezolano, titular de la cédula de identidad N ° V-7.414.273, de cuarenta y cuatro (44) años de edad, casado, de profesión AGRICULTOR", respectivamente; la cual se encuentra asentada en el libro de Registro de Nacimientos llevados por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, inserta bajo el N ° 8237, del año 2.004. A tal fin remítase a la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registro Civil Principal del Estado Lara copia de la Sentencia junto con Oficio.