Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Amparo Constitucional intentado por CHALIKI DISTRIBUIDORA OCCIDENTAL C.A, compañía debidamente inscrita por ante el registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 30 de junio de 1989, bajo el Nro. 39, tomo 12-A. Representado judicialmente por MARGORY CHAVEZ, venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 92.077, contra la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA.
En consecuencia, se ordena como mandamiento de amparo, que la Inspectoria de Trabajo correspondiente efectúe la publicación en un diario de mayor circulación en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, con la advertencia de que una vez tran.....