Una vez admitida la acusación y los medios probatorios, se impuso al acusado de las Medidas Alternativas a la Prosecución del Proceso, como lo son el Principio de Oportunidad, los Acuerdos Reparatorios y sobre la Suspensión Condicional del Proceso, y del Procedimiento Especial por Admisión de los Hechos, explicándoles detalladamente en que consistían cada uno de ellos y los procedentes en la presente causa, manifestando lo siguiente: "Me voy a juicio, es todo"
TERCERO: Una vez escuchada la declaración del acusado, se acuerda el enjuiciamiento oral y público de los ciudadanos DANNYS JOSE ROJAS VASQUEZ, titular de la Cedula de Identidad V. 17.943.746, por la presunta comisión del delito DISTRIBUCIÓN ILICITA DE DROGA, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Droga, HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA MODALIDAD DE COMPLICE NECESARIO y PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en el artículo 406 en concordancia con el art. 84 numeral 3 .....