DECISION
Con fundamento a lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: parcialmente con lugar, la solicitud presentada por la ciudadana Nelly Josefina López Rodríguez, ya identificada, en representación de su hijo el niño (Omitido artículo 65 LOPNA), contra el ciudadano Jhonsson Enrique López, ya identificado. En consecuencia, se fija la pensión de alimentos en noventa mil bolívares (Bs 90.000,00) mensuales, a razón de cuarenta y cinco mil bolívares (Bs.45.000,00) quincenales, que viene a ser el 22,22 % del salario mínimo actual, el cual anualmente se incrementará automáticamente en ese porcentaje según lo establecido con el articulo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, además del 50% de los gastos de médico, medicinas, vestido, uniformes, útiles escolares, habitación, deporte y.....